NECESARIO RECUPERAR LA FUNCIÓN NOTARIAL PROFESIONAL: MBH; PROPONE NUEVA LEY DEL NOTARIADO

Estado

Redacción.-

CIUDAD DE PUEBLA, Pue.- Al resaltar la necesidad de recuperar el rango de seriedad y de confianza que la sociedad debe tener en quienes representan la fe pública, el titular del Ejecutivo local, Miguel Barbosa Huerta informó que el Gobierno del Estado presentó la iniciativa de Ley del Notariado para el Estado de Puebla, con la que se endurecen el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento de patentes, al contemplar exámenes más estrictos.

El mandatario destacó que esta propuesta consiste en una nueva concepción y una redimensión de lo que debe ser el ejercicio notarial profesional, tras señalar que, así como en otros aspectos, la función notarial se deformó en anteriores administraciones, por lo que es importante corregirla en favor de las y los poblanos.

Barbosa Huerta aprovechó la ocasión para dar a conocer que, de las 29 patentes de notarías entregadas en el pasado de manera irregular, 25 ya fueron recuperadas mediante gestiones, trámites y entendimientos muy fructíferos con los involucrados.

La propuesta incrementa de 213 a 299 los artículos, de manera que se detalla la función notarial; y establece que para la creación de notarías, además del número de habitantes, deben considerarse estimaciones sobre la necesidad de la fe pública en la población y condiciones socioeconómicas del estado y municipios.

La enmienda incluye el concepto de Carrera Notarial (que en la actual ley no existe), que consiste en una capacitación para proporcionar condiciones de formación teórica y práctica; formación deontológica y personal, para que los profesionales que pretendan acceder a la función notarial puedan hacerlo en las mismas condiciones, sin distingo alguno por razón de raza, sexo, estado civil, religión o filiación política.

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En cuanto a los exámenes, la propuesta contempla: pruebas más estrictas, que el tema a desarrollar sea públicamente sorteado y ya no en sobres cerrados seleccionados, y que el jurado deberá contar con un experto en materia notarial. Además, incluye el “Libro de Registro de Exámenes de Aspirante y el Libro de Registro de Exámenes de Oposición”, relativo a las actas de examen, que no existe en la ley aún vigente.

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